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El Gobierno de Aragón ha aclarado los procedimientos que deben seguir propietarios y agricultores para retirar madera quemada de parcelas privadas afectadas por incendios forestales

El Gobierno de Aragón ha aclarado los procedimientos que deben seguir propietarios y agricultores para retirar madera quemada de parcelas privadas afectadas por incendios forestales, con el objetivo de facilitar la recuperación de los terrenos y reducir las cargas administrativas.

El Departamento de Medio Ambiente y Turismo ha recordado que los trámites varían en función del volumen de madera que se pretenda retirar y de su destino final, diferenciando entre autoconsumo y aprovechamiento comercial.

La medida pretende ofrecer una respuesta práctica a los propietarios que necesitan limpiar sus parcelas, retirar restos quemados y recuperar cuanto antes la actividad agrícola o forestal en las zonas afectadas por los incendios.

El Ejecutivo autonómico señala que la retirada de madera quemada puede contribuir a ordenar los terrenos y facilitar su recuperación, siempre garantizando al mismo tiempo la protección del suelo, la vegetación, las infraestructuras y la red hidrográfica.

Los Agentes para la Protección de la Naturaleza (APN) estarán disponibles para orientar a agricultores y propietarios y resolver dudas sobre el procedimiento adecuado en cada caso. Esta asistencia será especialmente importante cuando las parcelas se encuentren dentro de espacios de la Red Natural de Aragón o concurran circunstancias específicas que puedan condicionar los trabajos.

Tres procedimientos según el volumen y el destino



Cuando la retirada sea para autoconsumo y no supere los 20 estéreos, el propietario podrá realizarla mediante una declaración responsable ante el Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo correspondiente.

Si el aprovechamiento para uso propio supera los 20 estéreos, o si la madera va a destinarse a la venta, será suficiente una comunicación previa cuando el volumen no exceda de 30 estéreos o 15 toneladas métricas. Esta comunicación deberá presentarse con al menos un mes de antelación respecto a la fecha prevista para los trabajos.

Cuando se trate de un aprovechamiento comercial superior a los 30 estéreos o 15 toneladas métricas, será necesaria autorización del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

El Gobierno de Aragón recuerda que un estéreo equivale a un metro cúbico aparente de madera apilada, incluidos los huecos existentes entre troncos o trozas.

Ramas caídas y piñas secas

El Departamento de Medio Ambiente y Turismo ha aprovechado también para aclarar las condiciones aplicables a la recogida de ramas caídas y piñas secas.

La recogida ocasional y no comercial para autoconsumo no está prohibida con carácter general ni requiere autorización expresa cuando afecte a cantidades no significativas desde el punto de vista económico y ecológico, no afecte a especies arbóreas protegidas y se realice en montes cuyos propietarios no hayan prohibido o reservado para sí ese aprovechamiento.

El Ejecutivo considera que se trata de un uso tradicional y de pequeña escala vinculado al medio rural que puede continuar realizándose dentro de estos límites y respetando siempre la propiedad.

La normativa permite igualmente la recogida ocasional y no comercial, en cantidades no significativas, de otros productos forestales secundarios, como plantas aromáticas y medicinales, flores silvestres o frutos forestales, siempre que se cumplan las condiciones legales correspondientes.

La recogida de setas, por el contrario, cuenta con una regulación específica.

Atención a los espacios protegidos

El Gobierno de Aragón advierte de que determinados espacios naturales protegidos pueden establecer limitaciones o prohibiciones concretas a través de sus instrumentos de ordenación.

Por esta razón, recomienda consultar previamente con los APN cuando existan dudas sobre una parcela o un aprovechamiento concreto.

Con estas aclaraciones, el Departamento de Medio Ambiente y Turismo pretende facilitar que agricultores y propietarios afectados por los incendios puedan iniciar cuanto antes los trabajos de recuperación, manteniendo al mismo tiempo las garantías ambientales y legales aplicables.

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