
Incendio de viviendas en una imagen de archivo proporcionada por la Guardia Civil.
El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este miércoles, 7 de enero, las bases reguladoras de las subvenciones que concederá el Gobierno de Aragón por pérdida sobrevenida de la vivienda habitual a causa de situaciones extraordinarias, de emergencia o catastróficas. Estas ayudas se articularán a través de futuras convocatorias y contemplan cuantías que pueden alcanzar hasta los 70.000 euros en los supuestos más graves.
Según recoge la orden publicada, las bases distinguen entre tres tipos de situaciones. En primer lugar, aquellas de carácter extraordinario que, por su gravedad e imprevisibilidad, requieren actuaciones excepcionales, como inundaciones, terremotos o incendios. En segundo término, se incluyen las situaciones de emergencia derivadas de catástrofes naturales, accidentes graves o explosiones que pongan en riesgo la vida o la integridad física de las personas o causen daños graves en bienes de primera necesidad, como la vivienda. Por último, se contemplan los supuestos de declaración de zona catastrófica o de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas que sean propietarias, inquilinas o usufructuarias de viviendas familiares, siempre que constituyan su residencia habitual y hayan sufrido la pérdida sobrevenida de la misma por alguna de las causas previstas. Entre los requisitos económicos, se establece que los ingresos de la unidad de convivencia no superen 5,5 veces el IPREM, lo que equivale a 46.200 euros anuales en hogares de un solo miembro y a 57.750 euros en hogares de dos o más miembros.
Las cuantías máximas que se fijarán en cada convocatoria se determinan en función del alcance de los daños. En los casos de destrucción total de la vivienda o de declaración de ruina inminente que obligue a su demolición, la ayuda podrá ascender hasta 70.000 euros. Si se trata de daños estructurales o constructivos graves que comprometan la seguridad y obliguen al desalojo temporal, la cuantía máxima será de 50.000 euros. Además, se prevén ayudas de hasta 5.000 euros para cubrir los gastos de realojo, tanto para propietarios como para inquilinos, siempre que se justifiquen los costes de alquiler o alojamiento desde el día del siniestro y durante un periodo máximo de un año.
Con el objetivo de agilizar al máximo la tramitación y el pago de las subvenciones, las futuras convocatorias incorporarán un modelo de declaración responsable que permitirá acreditar el cumplimiento de los requisitos y posibilitará el abono de un anticipo de hasta el 60% de la ayuda concedida.
La exposición de motivos de la orden subraya que esta línea de ayudas responde a los sucesos registrados en Aragón en los últimos tiempos, que han provocado importantes daños y pérdidas en distintos municipios de la comunidad autónoma y que hacen necesaria una intervención extraordinaria y urgente por parte de la Administración autonómica.