El grupo municipal reclama informes ambientales, económicos y jurídicos, y advierte de posibles responsabilidades si faltan trámites

El Parador de Oroel en una imagen de la documentación de Oroel Park.
Chunta Aragonesista (CHA) ha solicitado por registro al Ayuntamiento de Jaca y a la Mancomunidad del Valle del Aragón toda la documentación del proyecto para un parque de ocio denominado Oroel Park, tras leer un comunicado municipal que, según el grupo, presume de transparencia y asegura una unanimidad de los grupos que “no es cierta”. CHA pide corregir ese extremo en el acta de la Comisión de Turismo y muestra su preocupación por presentarse el plan en estos momentos “como una fase dentro de un proyecto más amplio”, según se recoge en la nota de prensa remitida a los medios.
“Defender nuestro territorio es garantizar la posibilidad de vivir aquí” y preservar el valor del Monte Oroel “para quienes lo habitan y lo visitan”, señalan desde CHA, que dice apoyar el “clamor popular” contra una iniciativa que califica de “innecesaria e inadecuada”. La formación se compromete a “defender siempre la dignidad de la montaña”.
En su petición formal, CHA reclama el proyecto técnico de Oroel Park y el certificado del acuerdo de aprobación en el órgano competente (la Junta de Gobierno Local o el pleno de la Mancomunidad), así como las copias de los informes técnicos emitidos. También solicita el informe de compatibilidad de usos con el Plan de Protección del Paisaje Protegido de San Juan de la Peña y Monte Oroel (art. 5 del Decreto 188/2014 del Gobierno de Aragón), a emitir por el Servicio Provincial de Medio Ambiente, además del informe del Patronato del Paisaje Protegido.
La relación de requisitos incluye, asimismo, la Evaluación y Declaración de Impacto Ambiental (art. 9.1.12 del Anexo I de la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón), con su correspondiente información pública y resolución del INAGA; la autorización de nueva ocupación del Monte de Utilidad Pública n.º 266 (arts. 70 y ss. del Decreto Legislativo 1/2017, Ley de Montes de Aragón), y el acuerdo plenario sobre el ejercicio de la actividad económica (art. 86 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local).
En el plano económico, CHA requiere una memoria económico-financiera con análisis de mercado (oferta, demanda, rentabilidad y efectos sobre la concurrencia empresarial), la evaluación del coste de mantenimiento y la determinación del sistema de gestión —directa o indirecta— de la actividad (arts. 85 y 86 de la Ley 7/1985). También solicita el acuerdo de delegación o encomienda en favor de la Mancomunidad para las gestiones que estaría realizando en la contratación de la obra.
CHA advierte de que la ausencia de cualquiera de estos documentos o trámites impediría continuar el procedimiento de contratación y comprometería la ejecución de las obras, con el consiguiente riesgo de responsabilidad contractual para el Ayuntamiento y la Mancomunidad. Por ello, insiste en revisar el expediente y despejar “todas las dudas” antes de dar nuevos pasos.
