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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), en una sentencia de apelación del 30 de septiembre de 2022, ha dejado sin efecto la normativa del Ayuntamiento de Jaca por la que se ordenaba el cese de actividad de viviendas de uso turístico (VUT) en la ciudad si no contaba previamente con la autorización de las comunidades de propietarios. Este nuevo fallo judicial revoca las sentencias del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca de 3 de marzo de 2022 que daban la razón a la institución municipal y desestimaban, a su vez, los requerimientos efectuados en ese momento por la Dirección General de Turismo del Gobierno de Aragón.

Esta sentencia de apelación es la respuesta a la demanda presentada por el propietario de una de estas viviendas de uso turístico. El titular de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ reconoce que el Ayuntamiento de Jaca “puede ordenar usos urbanísticos y, desde esa perspectiva de la ordenación y planeamiento urbanístico, puede intervenir en el ejercicio de actividades particulares”, si bien considera que en este caso no se está ante un problema de “falta de competencia municipal, sino de límites y del ejercicio concreto de la misma”.

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