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Los criterios para determinar las cuantías de las ayudas recogidas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, se modulan en función de la caída del volumen de operaciones entre 2019 y 2020 y no tienen en cuenta la pérdida de facturación de la temporada de invierno 2020-2021

Concentración de SOS Pirineo el pasado mes de febrero en Jaca. EL PIRINEO ARAGONÉS

Las asociaciones turísticas y empresariales del Pirineo aragonés y los territorios de nieve de esta comunidad muestran su disconformidad ante lo que supone, de facto, la exclusión de ayudas al tejido empresarial de estos territorios en las medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 incluidas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo.

Las ayudas directas a las empresas y autónomos cuya actividad se ha visto más negativamente afectada por la pandemia con cargo a la Línea Covid definida en este decreto, no ayudarán al tejido empresarial del sector ligado al turismo invernal puesto que, tal como se indica en este real decreto, los criterios para determinar las cuantías de las ayudas se modulan en función de la caída del volumen de operaciones entre 2019 y 2020 y no tienen en cuenta, por tanto, la pérdidas de facturación de la temporada de invierno 2020-2021. Un periodo fuertemente marcado por la pandemia y por las restricciones que ha abocado a la inactividad a autónomos, empresas y estaciones de esquí.

Desde estas asociaciones se solicita el cambio del periodo de cálculo, excluyendo el primer trimestre del año 2020 e incluyendo este mismo trimestre del 2021, acercando más el periodo de referencia al periodo real de afectación de las restricciones sanitarias y, por tanto, a la facturación de las empresas y autónomos allí ubicadas. Cabe subrayar que la facturación de la temporada invernal puede llegar a suponer hasta el 80% de la facturación anual y, para aquellas empresas dedicadas únicamente a los deportes de invierno, el 100% de ésta. Este hecho hace que, si el periodo de referencia seleccionado es el indicado en el real decreto, una empresa pueda tener una diferencia de facturación que ronda al 30%, mientras que, si el periodo de referencia tiene en cuenta el periodo propuesto, la diferencia puede llegar al 80%.

La solución a los problemas de solvencia de las empresas y autónomos y el apoyo al mantenimiento de la actividad de las empresas viables, objetivos de este real decreto, únicamente se cumplirán en los territorios que tienen como motor económico este tipo de actividad, si se puede efectuar el cambio anteriormente indicado a través de la modificación del propio decreto o mediante una aplicación flexible de éste en las C.C.A.A. (el artículo 3.2.b del Real Decreto permite cierta flexibilidad en su aplicación).

Se solicita a las administraciones públicas, además, una apuesta decidida por el turismo invernal a través de ayudas directas a las estaciones de esquí para asegurar su continuidad, competitividad y apuesta por lasostenibilidad.

El turismo, uno de los sectores que más aporta a la economía española, debe ser gestionado en su diversidad, sin olvidar la importancia e impacto que tiene el turismo de nieve y montaña, y el riesgo de despoblación real que existe en los territorios pirenaicos, si éste no es tenido en cuenta por las diferentes administraciones públicas en las normativas y ayudas publicadas.

Firmado: Asociación Turístico Empresarial Valle de Benasque, Asociación Empresarial Turística del Sobrarbe, Asociación de Empresarios de la Sierra de Guara, Asociación Turística Valle de Tena, Asociación de Empresarios Pirineos Alto Gállego, Asociación de Empresarios de Comercio y Servicios de la Jacetania, Asociación Empresarial Gúdar Javalambre y Asociación Turistica Gúdar Javalambre.
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